SOBRE RECURSO LEGAL DE CONFRATERNIDAD DE PASTORES EVANGÉLICOS DE PUNTA ARENAS

El pasado 22 de diciembre la Corte de Apelaciones de Punta Arenas dictó sentencia rechazando un recurso de protección interpuesto por La Confraternidad de Pastores Evangélicos de Punta Arenas, contra la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), por el patrocinio y difusión que dicha entidad está dando al cuento sobre diversidad sexual “Nicolás tiene dos

Foto: archivo latercera.com

El pasado 22 de diciembre la Corte de Apelaciones de Punta Arenas dictó sentencia rechazando un recurso de protección interpuesto por La Confraternidad de Pastores Evangélicos de Punta Arenas, contra la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), por el patrocinio y difusión que dicha entidad está dando al cuento sobre diversidad sexual “Nicolás tiene dos papás”, editado por el Movimiento de Liberación e Integración Homosexual (Movilh).
El pasado lunes 29 de diciembre, estos mismos pastores evangélicos, apoyados por toda la comunidad evangélica de Magallanes, hemos presentado un recurso de apelación contra la sentencia de la Corte de Punta Arenas, el cual fue concedido y será resuelto por la Excma. Corte Suprema.
La apelación se funda en varios motivos. Primero, en que la JUNJI no tiene competencia para promover educación de diversidad sexual para los niños, menores de 6 años, que asisten a los jardines infantiles bajo su supervisión. Según los programas del Ministerio de Educación, la educación sexual y afectiva se inicia, progresivamente, desde la Educación Básica hasta Enseñanza Media; nunca en la Educación Parvularia, pues los niños a esa corta edad no tienen madurez suficiente para abordar esos temas. El patrocinio de la JUNJI al cuento “Nicolás tiene dos papás”, es por ello ilegal y excede sus competencias.
Segundo, pues la Corte de Punta Arenas ha errado en su sentencia al definir el concepto de familia. En vez de atenerse a nuestra Constitución y al Derecho de Familia de nuestro país (Código Civil, Ley de Matrimonio Civil, Ley de Adopción, etc), ha justificado su decisión en documentos internacionales que ni siquiera son Tratados suscritos por Chile, afirmando que supuestamente la JUNJI tiene atribuciones para promover un concepto de familia homoparental.
Por último, hemos apelado pues resulta claro que la JUNJI está afectando la libertad de conciencia y el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos, derechos humanos reconocidos en todos los Tratados Internacionales vigentes en Chile. Cuestión incluso reconocida por la misma Corte de Apelaciones de Punta Arenas que pese a rechazar el recurso impetró medidas de control anual sobre la JUNJI para preservar la Libertad de Conciencia, la Integridad Psíquica y el derecho preferente de los padres en la educación de sus hijos.
Ante la Corte Suprema hemos decidido que nos represente la ONG de derechos humanos “Comunidad y Justicia”, quienes tienen gran experiencia en estos casos (www.comunidadyjusticia.cl). Esta misma ONG fue la que defendió a los estudiantes y apoderados del Instituto Nacional frente a las “tomas” que ocurrían en dicho establecimiento, obteniendo un fallo favorable ante la Corte Suprema en noviembre del 2014.
Como comunidad evangélica de Magallanes, nos oponemos a que el Estado adoctrine a nuestros hijos. Si algún padre quiere leer a sus niños el cuento “Nicolás tiene dos papás”, aunque no nos parezca conveniente, está en su legítimo derecho; pero el Estado, a través de la JUNJI, no puede promover ese tipo de lecturas en niños en edad preescolar, menos sin la autorización de sus padres. Eso va contra nuestras creencias religiosas y morales, y afecta nuestros derechos humanos. Por ello, vamos a agotar todos los recursos judiciales hasta que se reconozca nuestro derecho a criar a nuestros hijos conforme a nuestras creencias.

Carta enviada por pastores evangélicos de Punta Arenas al director de radiopolar

Alejandro V.
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