Chile: En medio de la dictadura sanitaria pastores exigen que gobierno de Piñera aumente irrisorio aforo máximo de 5 personas a cultos

Carta al Presidente de la República de Chile: Sobre esencialidad de las Iglesias Evangélicas y aumento de aforo para cultos.Sr. Sebastián Piñera EcheniquePresidente de la República de Chile Sr. Rodrigo DelgadoMinistro de Interior Sr. Enrique ParisMinistro de Salud Sr. Juan José OssaMinistro de la SEGPRES Muy estimado señor Presidente de la República y estimados señores

Carta al Presidente de la República de Chile: Sobre esencialidad de las Iglesias Evangélicas y aumento de aforo para cultos.
Sr. Sebastián Piñera Echenique
Presidente de la República de Chile

Sr. Rodrigo Delgado
Ministro de Interior

Sr. Enrique Paris
Ministro de Salud

Sr. Juan José Ossa
Ministro de la SEGPRES

Muy estimado señor Presidente de la República y estimados señores ministros de estado, que Dios les bendiga e ilumine en sus tan relevantes funciones.

La COEP (Coordinadora de Entidades Evangélicas Pentecostales de Chile), con presencia desde Arica hasta Quellón en la isla grande de Chiloé y en representación de más de 200 concilios, ministerios y entidades evangélicas de nuestro país, por intermedio de don Jeremías Medina director de la ONAR, queremos hacerles llegar nuestra visión y propuestas ante la situación de alerta sanitaria y estado de excepción constitucional que experimenta nuestra nación y ante la cual tenemos mucho que decir y aportar.

Es de dominio público que con fecha 08 de febrero de 2020, ante la contingencia sanitaria provocada por la expansión del COVID-19 a nivel mundial, se publicó en el Diario Oficial el Decreto N°4 del Ministerio de Salud que decretó la Alerta Sanitaria en nuestro país seguida por la “Declara Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el territorio de Chile” el día 18 de marzo de 2020 después de confirmar los primeros casos de personas contagiadas por esta enfermedad en el país, y que se publicó en el Diario Oficial el Decreto N°104, que como consecuencia de esta situación, el Ministerio de Salud y las distintas Seremis han dictado una serie de Resoluciones Exentas disponiendo medidas sanitarias para el control de la pandemia que, creemos, han excedido con mucho sus facultades.

Somos plenamente concientes de la situación delicada y excepcional que viven nuestro país y el mundo y por lo mismo, hemos acatado todas las normas en pro de resguardar la vida y la salud de nuestros hermanos en la fe y la comunidad en general y por tanto hemos dispuesto en cada uno de nuestros templos de necesarios elementos de sanitización (alcohol gel, termómetros, mascarillas, amonio cuaternario y otros) además de la práctica habitual de un listados de concurrentes a los servicios a modo de facilitar la trazabilidad en caso de ser necesario y acotar nuestros servicios a poco más de una hora y con un aforo mínimo, resguardo la debida y necesaria ventilación de los templos y su posterior sanitización una vez que ellos han concluido. Podemos afirmar con certeza y conocimiento de causa que los evangélicos somos quienes más respetamos la normativa para contener la pandemia, sin embargo, desde la implementación del Plan Paso a Paso hemos visto que no ha existido ni coherencia ni continuidad en lo planteado originalmente en dicho plan y que, peor aún, so pretexto de resguardar la salud de la comunidad se han conculcado libertades que no son objeto de prohibición sino, en el peor de los casos, solo restricción y aún ella misma no puede ser, al decir de la CIDH, indefinida; ha sido el mismo MINSAL quien había comprometido a la comunidad nacional que las cuarentenas o fase 1 no se extenderían por más de dos semanas tal y cual lo recomienda la OMS, lo que claramente no ha sido así.

Por más de un año hemos venido como COEP sosteniendo conversaciones con diferentes autoridades para ilustrar y advertir de la ilegalidad e inconstitucionalidad de la prohibición de los cultos permitidos en la república y la afectación a la libertad de conciencia y de culto debiendo recurrir a la justicia con diversos Recursos de Protección por el derecho conculcado; la Ilustre Corte de Apelaciones del Bio-Bio fue quien primero nos dió la razón a mediados del año pasado y hoy, de una manera muy sólida y contundente ha sido la Excelentísima Corte Suprema que ha declarado la absoluta ilegalidad e inconstitucionalidad de la prohibición por parte de la autoridad de los servicios religiosos lo cual es absolutamente concordante con lo expresado por la Comisión Interamericana de DD.HH en su resolución del 10 del abril del 2020.

La sentencia de la Excelentísima Corte Suprema en comento en sus diferentes considerandos, especialmente los N°4, 6, 7 y 10 reconoce que el derecho y garantía constitucional de la Libertad de Conciencia y su expresión externa la Libertad Religiosa no es posible de afectar o prohibir, eventualmente sólo restringir y que es obligación del Estado no perturbar, amenazar o restringir el ejercicio de ésta así como también el deber de respetarlas. Especialmente significativo es el Considerando N°7 de la sentencia que establece que los aforos de los templos deben ser conforme a los m2 de que disponen los mismos ya que no resulta en nada razonable que templos que poseen cientos y hasta miles de metros cuadros deban cumplir un aforo de 5 personas. Por otro lado, el Considerando N°10, la Excelentísima Corte Suprema reconoce que ha existido un trato diferenciado injustificado y discriminatorio al prohibir los cultos o servicios religiosos en Cuarentena o en Fase 2 los fines de semana, puesto que en situación similar dice la C.S. sí se permite la realización de otras actividades lo que claramente es una afectación al principio de igualdad ante la ley…es sólo cosa de ver los mall, tiendas, supermercados, parques y otros, en donde los asistentes no están en una posición fija como si lo es en los templos sino en un constante movimiento y rotación de personas de manera que en un mall o supermercado con aforo de 200 personas, en unas horas probablemente han pasado más de mil personas con el eventual riesgo de contagio. En los templos en cambio, los congregantes cumplen con todas las medidas sanitarias exigidas, llegan y se ubican en un lugar fijo hasta el término del servicio. Dicho de otra manera, los Templos no son lugares de contagio por lo que resulta inexplicable esta asimetría que en los hechos, ha significado que varios pastores estén bajo el reproche judicial al realizar un servicio con 7, 10 o 15 personas e incitando, con tan absurda norma, a la inobservancia de la normativa vigente y a la práctica clandestina de los cultos o servicios religiosos. No existe en la práctica una iglesia que pueda realizar un servicio con 5 personas de manera que el actual aforo además de ser irrisorio y hasta ofensivo para quienes desarrollamos una actividad que sólo acarrea beneficios a nuestra sociedad y nación: extrayendo personas, especialmente jóvenes, de la delincuencia, droga y calle y les hacemos personas de bien pero hoy por hoy con tan inexplicable medida que de facto es una prohibición a los cultos, muchos de los que estaban en rehabilitación de dichos flagelos, han vuelto atrás con un grave daño a si mismo como a su comunidad más inmediata lo que se traduce en un factor más de daño y deterioro a la salud mental de todos los chilenos que ha estado tan en boga en los últimos días.

Por último, es necesario decir que aunque la mayoría de las iglesias y credos hemos asumido y respetado las normas ante la excepcional situación que nos ha tocado vivir, de igual manera es necesario decir que existe un rechazo unánime al aforo de 5 personas de parte de la mayoría de los credos y para ello sólo baste considerar la carta del obispo católico Felipe Bacarrezza de Los Ángeles quien afirma que tal norma no es más que una “limitación a la libertad de culto”. A mayor abundamiento, el jurista rector de la Universidad Diego Portales don Carlos Peña dice: “Hay Libertades y Libertades y la Libertad de Conciencia y/o religiosa, es la que le da sentido y significado a la vida, de manera que conculcarlo es atentar contra la Vida” pues no se trata una simple preferencia más como ir o no al mall…Consumir o no determinado producto…

Por todo lo anterior y en concordancia a la alerta sanitaria y la excepción constitucional es que proponemos a ustedes a modo de resguardar la salud física y mental de la población y a la vez cumplir con la ley, la constitución y los tratados internacionales lo siguiente:

1°.- Se declare a las Iglesias Esenciales tal y cual ya lo ha hecho la Excelentísima Corte Suprema en su reciente fallo por una parte y en virtud del trabajo y labor que las iglesias y credos desarrollamos en resguardo de la salud mental de la población.

2°.- Se modifique el Plan Paso a Paso en cuanto a los aforos permitidos para la realización y celebración de servicios y cultos religiosos en cada una de las fases del mismo en consideración al espacio y metros cuadrados con el que cuenta cada templo y con un tope de asistentes según se detalla a continuación:

a) Fase 1 (cuarentena): 30 personas en lugar cerrado y 50 en espacios abiertos
b) Fase 2 (transición): 70 personas en lugar cerrado y 150 en espacios abiertos
c) Fase 3 (preparación): 200 personas en lugar cerrado y 300 en espacios abiertos
d) Fase 4 (apertura inicial): 300 personas en lugar cerrado y 500 en espacios abiertos

Las Iglesias y Ministerios representados en la COEP oramos y clamamos a Dios de manera permanente por todas nuestras autoridades porque esto es agradable a Dios y así vivamos quieta y reposadamente en toda piedad y honestidad (1°Ti 2:2) pero hay un imperativo cual es obedecer a Dios antes que a los hombres (Hchs. 5:29).

En Cristo esperamos, y esa es nuestra oración, que el glorioso Espíritu Santo les otorgue sabiduría para dirigir nuestra nación en Paz y Prosperidad y “no seáis tal vez hallados luchando contra Dios” (Hchs 5:39)

Esperando una buena acogida y considere lo solicitado, se despiden atentamente a ustedes, Directorio de la Coordinadora de Entidades Evangélicas Pentecostales COEP.

Pastor José Lema Tello
Pastor Marcos Morales Chávez
Pastor Elvis Rojas Díaz.

Google

 Formularios

Alejandro Villegas
ADMINISTRATOR
PERFIL

Posts Carousel

Últimos Post

Top Authors

Más Comentado

Video Promovido

RADIO EN VIVO